En esta publicación, escrita por la Ing. Agr. Amalia Ponzio y la Méd. Ligia Romeo, tiene como objetivo definir el término “plaguicida” y el marco regulatorio para estos productos en nuestro país.
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Se utiliza el término “plaguicida” para aquellos productos utilizados para sanidad vegetal (fitosanitarios),sanidad animal (veterinarios), salud pública y uso domiciliario (domisanitarios).
El propósito de este artículo es comunicar, de forma general, el marco regulatorio que rige para este tipo de productos en nuestro país. Se hará foco en los productos fitosanitarios, productos para la salud pública y domisanitarios.